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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo CivilArtículo 2018

Código Civil, artículo 2018

Texto del artículo

Art. 2018. El que ha contratado con el acarreador para el transporte de una persona o carga, es obligado a pagar el precio o flete del transporte y el resarcimiento de daños ocasionados por hecho o culpa del pasajero o de su familia o sirvientes, o por el vicio de la carga.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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