Código Civil, artículo 976
Texto del artículo
Art. 976. La acción de indignidad no pasa contra terceros de buena fe.
Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.
Art. 976. La acción de indignidad no pasa contra terceros de buena fe.
Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.
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