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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 14

Código de Comercio, artículo 14

Texto del artículo

Art. 14. La mujer casada no será considerada como comerciante si no hace un comercio separado del de su marido.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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