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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 26083-20143 ago 2015
Fecha
3 de agosto de 2015
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Juicio ejecutivo
Carátula
Banco de Chile con Ingenieria Minera y Construcciones Cuellar Ltda. y OTROS.
Corte de origen
C.A. de Temuco, Rol 341-2014
Primera instancia
1º Juzgado de Letras de Angol, Rol 156-2014
Ministros
Daniel Peñailillo Arévalo, Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Figueroa Valdés, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Rosa Maggi Ducommun
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 459
Descriptores
Juicio ejecutivo · Recurso de casación en el fondo · Requerimiento de pago · Revoca resolución apelada
Cita
Corte Suprema, Rol N° 26083-2014, 3 de agosto de 2015, «Banco de Chile con Ingenieria Minera y Construcciones Cuellar Ltda.…»

Historia del caso

En el mismo rol 26083-2014

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, tres de agosto de dos mil quince.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo que corresponde de acuerdo con la ley.

Vistos y teniendo presente:

Lo expresado en los motivos segundo a séptimo del fallo de casación que antecede, razonamientos de los cuales se concluye que el ejecutado opuso las excepciones a la ejecución dentro del término legal que prevé el inciso 1° del artículo 459 del cuerpo legal adjetivo.

Y de acuerdo, además, con lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha siete de marzo de dos mil catorce, escrita a fojas 34 de estas compulsas, que no hace lugar a tramitar, por extemporáneas, las excepciones planteadas por los ejecutados en lo principal de fojas 28 y, en su lugar, se declara que la oposición ha sido deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse la tramitación de la causa como en derecho corresponde.

Regístrese y devuélvase, con su agregado.

Redacción a cargo de la Ministra Sra. Rosa María Maggi D.

Rol N° 26.083-14

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Héctor Carreño S., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D. y Abogados Integrantes Sres. Daniel Peñailillo A. y Juan Figueroa V.

No firman los Abogados Integrantes Sres. Peñailillo y Figueroa, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.

Autorizado por la Ministro de fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a tres de agosto de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.