Oposición de excepciones
- Fecha
- 17 de septiembre de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Banco Santander Chile con Agricola GAN.(GANADERA) y Forestal Palomar Ltda. ***
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 116-2015
- Primera instancia
- Juzgado de Letras de Victoria, Rol 1221-2014
- Ministros
- Jorge Lagos Gatica, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rafael Gómez Balmaceda, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Descriptores
- Oposición de excepciones
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 6314-2015, 17 de septiembre de 2015, «Banco Santander Chile con Agricola GAN.(GANADERA) y Forestal Palomar…»
Historia del caso
En el mismo rol 6314-2015
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 17 sep 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil quince.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE:
Lo expresado en los motivos segundo al undécimo del fallo de casación que antecede y de conformidad, asimismo, con lo dispuesto en los artículos 186 y 459 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de cinco de enero del año en curso, escrita a fojas 30 de estas compulsas, en cuanto declara extemporánea la excepción opuesta por la parte ejecutada en la petición principal del escrito de fojas 28 y, en su lugar, se declara que la oposición ha sido deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse con la tramitación de la causa como en derecho corresponda, tras la notificación del cúmplase de la presente resolución.
Acordada con el voto en contra del Ministro señor Valdés, quien fue de opinión de confirmar la interlocutoria en alzada en virtud de lo reflexionado en el voto disidente del fallo de casación que antecede.
Regístrese y devuélvase, conjuntamente con su agregado.
Redacción a cargo del Ministro señor Valdés Aldunate.
N° 6314-15.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sra. Rosa María Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogados Integrantes Sres. Jorge Lagos G. y Rafael Gómez B.
No firma la Ministra Sra. Maggi, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.
Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a diecisiete de septiembre de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.