Abandono del procedimiento
- Fecha
- 1 de octubre de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Banco del Estado de Chile con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9449-2014
- Primera instancia
- 6º Juzgado Civil de Santiago, Rol 28952-2008
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Jean Matus Acuña, Patricio Valdés Aldunate, Álvaro Quintanilla Pérez
- Redacción
- Jean Matus Acuña
- Descriptores
- Recurso de casación en el fondo · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 2790-2015, 1 de octubre de 2015, «Banco del Estado de Chile con»
Historia del caso
En el mismo rol 2790-2015
- Casación en el fondo Juicio ejecutivo 1 oct 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, uno de octubre de dos mil quince.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde de conformidad a la ley.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus considerandos 4° a 6°, que se eliminan; y asimismo, se reproducen los fundamentos segundo a octavo del fallo de casación que antecede.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Que el demandante ha realizado en este procedimiento ejecutivo especial gestiones útiles destinadas a obtener el cumplimiento forzado de la obligación, las que han impedido que transcurra el término de tres años de inactividad procesal que exige el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil.
Y lo dispuesto en los artículos 186, 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de quince de octubre de dos mil catorce, escrita a fojas 89 y siguientes y, en su lugar, se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento promovido por el ejecutado a fojas 79 de estas compulsas.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del abogado integrante Sr. Matus.
Rol N° 2790-2015
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Héctor Carreño S., Guillermo Silva G. y Abogados Integrantes Sres. Álvaro Quintanilla P., y Jean Matus A.
Autorizado por el Ministro de fe de la Corte Suprema.
En Santiago, a uno de octubre de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.