Juicio ejecutivo
- Fecha
- 9 de febrero de 2016
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Juicio ejecutivo
- Carátula
- Full Factoring S.P.A. con Telefonica Empresas Chile S.A.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 4927-2015
- Primera instancia
- 4º Juzgado Civil de Santiago, Rol 51-2013
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Guillermo Silva Gundelach, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Descriptores
- Juicio ejecutivo · Recurso de casación en el fondo · Extemporaniedad · Revoca sentencia apelada
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 11203-2015, 9 de febrero de 2016, «Full Factoring S.P.A. con Telefonica Empresas Chile S.A.»
Historia del caso
En el mismo rol 11203-2015
- Casación en el fondo Juicio ejecutivo 9 feb 2016
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
1
Santiago, nueve de febrero de dos mil dieciséis.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE:
Lo expresado en los motivos segundo al undécimo del fallo de casación que antecede y de conformidad, asimismo, con lo dispuesto en los artículos 186 y 459 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de cinco de marzo del año pasado, escrita a fojas 169 de estas compulsas, en cuanto declara extemporáneas las excepciones opuestas por la parte ejecutada en la petición principal del escrito de fojas 161 y, en su lugar, se declara que la oposición ha sido deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse con la tramitación de la causa como en derecho corresponda, tras la notificación del cúmplase de la presente resolución.
Acordada con el voto en contra del Ministro señor Valdés y del Abogado Integrante señor Prado, quienes fueron de opinión de confirmar la interlocutoria en alzada en virtud de lo reflexionado en el voto disidente del fallo de casación que antecede.
Regístrese y devuélvase, conjuntamente con sus agregados.
Redacción a cargo del Ministro señor Valdés Aldunate.
N° 11.203-15.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Eduardo Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Arturo Prado P.
No firman el Ministro Sr. Silva y la Ministra Sra. Maggi, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos con feriado legal.
Autorizado por la Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a nueve de febrero de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.