Acción de nulidad
- Fecha
- 10 de noviembre de 2016
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con el Barrio Propiedades S.A.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 11780-2015
- Ministros
- Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Julio Miranda Lillo, Rodrigo Correa González, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Rodrigo Correa González
- Descriptores
- Acción de nulidad · Excepción dilatoria de incompetencia absoluta · Cláusula arbitral · Corretaje de propiedades · Acción de inexistencia
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 17695-2016, 10 de noviembre de 2016, «con el Barrio Propiedades S.A.»
Historia del caso
En el mismo rol 17695-2016
- Casación en el fondo Acción de nulidad 10 nov 2016
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, diez de noviembre de dos mil dieciséis.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproducen los proveídos que resuelven los escritos de fojas 119 y fojas 123 y los considerandos primero al cuarto de la sentencia apelada.
Se tiene asimismo presente lo razonado en el motivo octavo de la sentencia que antecedente.
Y considerando:
Que la cláusula arbitral tiene por objeto una controversia distinta de aquella que se ventila en esos autos.
Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes y 228 del Código de Orgánico de Tribunales,
Se revoca la sentencia apelada de veintinueve de septiembre de dos mil quince, escrita a fojas 129 y, en su lugar, se declara que se rechaza la excepción de incompetencia deducida a fojas 75.
Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Correa, quien estuvo por confirmar lo resuelto en primera instancia, sobre la base de su disidencia formulada en la sentencia de casación que antecede.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redactó el Abogado Integrante Sr. Rodrigo P. Correa G.
Rol N° 17.695-16.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sra. Rosa María Maggi D., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Julio Miranda L. (s) y Abogado Integrante Sr. Rodrigo Correa G.
No firman la Ministra Sra. Maggi y el Ministro (s) Sr. Miranda, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicio la primera y haber terminado su periodo de suplencia el segundo.
Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a diez de noviembre de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.