Derecho a la defensa
- Fecha
- 27 de junio de 2018
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 5488-2017
- Primera instancia
- 26º Juzgado Civil de Santiago, Rol 1390-2017
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Héctor Carreño Seaman
- Descriptores
- Derecho a la defensa · Juicio ejecutivo · Oposición de excepciones · Requerimiento de pago · Acción en el procedimiento ejecutivo · Pagaré · Cómputo del plazo para oponer excepciones a la ejecución
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 2721-2018, 27 de junio de 2018, «con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 2721-2018
- Casación en el fondo Derecho a la defensa 27 jun 2018
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
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Santiago, veintisiete de junio de dos mil dieciocho.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo que corresponde de acuerdo con la ley.
Vistos y teniendo además presente:
Lo expresado en los motivos segundo a séptimo del fallo de casación que antecede y lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de cuatro de abril de dos mil diecisiete que no hace lugar a tramitar, por extemporáneas, las excepciones planteadas por el ejecutado y en su lugar se declara que dicha oposición fue deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse la tramitación de la causa como en derecho corresponda.
Se previene que la ministra señora Egnem S. concurre a la decisión sobre la base de las argumentaciones que fundan su prevención en el fallo de nulidad.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del ministro señor Carreño y la prevención, de su autora.
N° 2.721-2018.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros, Sr. Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S. y Sr. Juan Eduardo Fuentes B.
No firma el Ministro Sr. Carreño, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con permiso.