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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 100759-201629 nov 2018
Fecha
29 de noviembre de 2018
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Aval
Carátula
Servicio Nacional del Consumidor con Bbva Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile (d)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 5310-2016
Primera instancia
30º Juzgado Civil de Santiago, Rol 19203-2012
Ministros
Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Jorge Lagos Gatica, Rosa Maggi Ducommun, Álvaro Quintanilla Pérez
Redacción
Álvaro Quintanilla Pérez
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 785
Descriptores
Aval · Condena en costas · Banco · Operaciones bancarias · Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) · Cláusula abusiva · ámbito de aplicación ley del consumidor · Contrato de plan de productos y servicios financieros personas naturales · Sentencia de reemplazo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 100759-2016, 29 de noviembre de 2018, «Servicio Nacional del Consumidor con Bbva Banco Bilbao Vizcaya…»

Historia del caso

En el mismo rol 100759-2016

  • Casación en el fondo Buena fe 29 nov 2018

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil dieciocho.

En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del segundo párrafo del considerando quincuagésimo primero y de su fundamento quincuagésimo sexto.

Y se tiene además presente:

Los razonamientos desarrollados en los basamentos 7°, 11°, 17°, 18°, 19°, 22°, 24°, 26°, 27°, 28°, 29°, 30°, 32°, 33°, 34°, 36°, 38°, 41°, 43°, 44° y 45° del fallo de casación, que se dan por reproducidos y lo expresado en los fundamentos cuarto -en su primer y segundo párrafo-, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo, con excepción de lo manifestado en su penúltimo párrafo, del pronunciamiento parcialmente invalidado, consideraciones por las cuales se revoca la sentencia de veintitrés de marzo de dos mil dieciséis, escrita a fojas 547 y siguientes, en cuanto condenó a la demandada al pago de las costas y en su lugar se la exime de dicha carga. En lo demás se la confirma, con declaración de que se invalida por abusiva la cláusula d sobre Productos y Servicios Financieros del Contrato de Operaciones Bancarias para Personas Naturales y la cláusula 17° en lo relativo al mandato que se confiere al Banco para constituir al compareciente en avalista de obligaciones futuras en los pagarés que se emitan y suscriban en representación del Cliente (y autorizar el aval otorgado), conforme lo señalado en el número 7 de las Disposiciones Comunes.

Regístrese y devuélvase.

Redacción del abogado integrante señor Quintanilla Pérez.

Nº 100.759-2016.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Rosa María Maggi D. y Abogados Integrantes Sr. Álvaro Quintanilla P. y Sr. Jorge Lagos G

No firman la Ministra Sra. Maggi y el Abogado Integrante Sr. Lagos, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicio la primera y ausente el segundo.