Ocupación ilegal
- Fecha
- 4 de julio de 2019
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Ocupación ilegal
- Carátula
- Compañía Ganadera de Tongoy con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 945-2017
- Primera instancia
- Juzgado de Letras y Garantia de Putaendo, Rol 159-2016
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Gloria Chevesich Ruiz, Leonor Etcheberry Court, Mauricio Silva Cancino, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Ministro no Identificado
- Disidencia
- ANDREA MARÍA MERCEDES MUÑOZ SÁNCHEZ,MAURICIO ALONSO SILVA CANCINO
- Descriptores
- Ocupación ilegal · Recurso de casación en el fondo · Contrato previo válidamente celebrado · Precario · Restitución de inmueble
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 38494-2017, 4 de julio de 2019, «Compañía Ganadera de Tongoy con»
Historia del caso
En el mismo rol 38494-2017
- Casación en el fondo Ocupación ilegal 4 jul 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, cuatro de julio de dos mil diecinueve.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del tercer y cuarto párrafo del motivo séptimo, así como de los motivos octavo, noveno, décimo y décimo primero, que se eliminan. Respecto del quinto párrafo del motivo séptimo, se agrega como encabezado, la siguiente oración: “Con la inspección personal del tribunal se dan por acreditados los siguientes hechos”.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
1°) Lo razonado en el motivo cuarto, quinto, en sus dos primeros párrafos y sexto, salvo el párrafo final, de la sentencia de casación.
2°) Que corrobora la conclusión a que se ha llegado en los razonamientos anteriores, la confesión del demandado citado a absolver posiciones a fojas 83, quien, si bien justifica su ocupación de un retazo de terreno del Fundo El Manzano en el contrato de arriendo de talaje celebrado con la demandante, admite que su ganado pasta “seis o siete meses” en el referido predio y que, en atención a la naturaleza del pastoreo, es necesario trasladarlos de lugar para que éstos se puedan alimentar y cuidar de ellos mientras pacen, señalando que traslada a sus animales fuera de la comuna donde está situado el Fundo El Manzano.
Como se aprecia de los dichos del demandado, resulta evidente que la ocupación del Fundo El Manzano no resulta funcional ni necesaria para la ejecución del contrato de talaje, desde que durante el lapso comprendido en éste ha debido llevar su ganado a otras zonas en busca de alimentación, por lo que su habitación en el mismo obedece a razones que son ajenas al contrato.
3°) Que, en consecuencia, acreditada la concurrencia de los requisitos del precario, corresponde hacer lugar a la demanda.
Por estos fundamentos, disposiciones legales citadas y lo preceptuado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de veinticinco de enero de dos mil diecisiete, escrita a fojas 106 y siguientes, en cuanto rechaza, con costas, la demanda deducida a fojas 3 y, en su lugar, se la acoge y se ordena la restitución del retazo de terreno que la demandada ocupa en el Fundo El Manzano con todos sus ocupantes, dentro de décimo día de ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de ser lanzado con la fuerza pública si no lo hiciere.
Acordada contra el voto de la ministra Muñoz S. y del ministro Silva C., quienes fueron de opinión de confirmar la sentencia apelada por los argumentos expuestos en la sentencia de casación.
Redactó la ministra Andrea Muñoz S.
Regístrese y devuélvase.
N° 38.494-2017
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., señor Mauricio Silva C., y la Abogada Integrante señora Leonor Etcheberry C. Santiago, cuatro de julio de dos mil diecinueve.
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