Daño emergente
- Fecha
- 21 de agosto de 2019
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Daño emergente
- Carátula
- nombre reservado con Banco Security
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 3423-2016
- Primera instancia
- 5º Juzgado Civil de Santiago, Rol 28584-2014
- Ministros
- Diego Munita Luco, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Rosa Egnem Saldias, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Diego Munita Luco
- Descriptores
- Daño emergente · Indemnización de perjuicios · Remate de inmueble · Certeza del daño · Banco security · Mutuo en operaciones de crédito y otras obligaciones en dinero · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 44485-2017, 21 de agosto de 2019, «con Banco Security»
Historia del caso
En el mismo rol 44485-2017
- Casación en la forma y en el fondo Daño emergente 21 ago 2019
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiuno de agosto de dos mil diecinueve.
En cumplimiento a lo resuelto en el fallo de casación que antecede y de lo preceptuado en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde, en conformidad a la ley.
VISTO:
Se elimina el razonamiento vigésimo cuarto del fallo de primer grado; se le reproduce en lo demás.
Se reproducen, además, el raciocinio vigésimo de la sentencia anulada.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
Lo razonado en los basamentos octavo, noveno, vigésimo tercero, vigésimo cuarto, vigésimo quinto y vigésimo sexto de la sentencia de casación que antecede, se revoca la sentencia en alzada de veinticinco de enero de dos mil diecisiete, que se lee a fojas 671 y siguientes, y en su lugar se acoge la demanda sólo en cuanto deben indemnizarse por el demandado los perjuicios causados al actor nombre reservado por el concepto de daño moral ascendentes a la suma de $ 42.000.0000, más reajuste desde la fecha de notificación de la demanda y su pago efectivo; confirmándose en lo demás la aludida sentencia.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Diego Munita Luco.
Rol Nº 44.485-2017.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L.
No firman el Ministro Sr. Carreño y el Abogado Integrante Sr. Munita, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en funciones el primero y ausente el segundo.