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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 12121-201925 may 2020

Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo

Fecha
25 de mayo de 2020
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo
Carátula
Cooperativa Lautaro Rosas Ltda. con nombre reservado (e)
Corte de origen
C.A. de Valparaíso, Rol 544-2019
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Valparaíso, Rol 388-2019
Ministros
Antonio Barra Rojas, Arturo Prado Puga, Daniel Peñailillo Arévalo, Juan Fuentes Belmar, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Arturo Prado Puga
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 785
Ley N° 18.092: arts. 1, 102, 103, 107
Descriptores
Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo · Infracción de ley · Juicio ejecutivo · Recurso de casación en el fondo · Falta de alguno de los requisitos o condiciones para que el título tenga fuerza ejecutiva · Letra de cambio · Pagaré · Nulidad sustantiva · Remisión normativa · Lugar de expedición del pagaré
Cita
Corte Suprema, Rol N° 12121-2019, 25 de mayo de 2020, «Cooperativa Lautaro Rosas Ltda. con (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 12121-2019

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veinte.

En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.

Visto y teniendo únicamente presente:

Los razonamientos expresados en los motivos quinto a noveno del fallo de casación que antecede, se revoca, en lo apelado, la resolución de diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, y en su lugar se declara que el tribunal deberá continuar con la sustanciación normal del procedimiento por juez no inhabilitado, dictando la resolución pertinente al tenor del artículo 441 del Código de Procedimiento Civil.

Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Fuentes, en razón de lo reflexionado en el voto de minoría del fallo de casación.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción a cargo del Ministro señor Arturo Prado Puga.

Nº12.121-2019.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D. Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P. y Abogados Integrantes Sres. Daniel Peñailillo A. y Antonio Barra R.

No firma el Abogado Integrante Sr. Peñailillo, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.