Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo
- Fecha
- 25 de mayo de 2020
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Carátula
- Cooperativa Lautaro Rosas Ltda. con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 544-2019
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Valparaíso, Rol 388-2019
- Ministros
- Antonio Barra Rojas, Arturo Prado Puga, Daniel Peñailillo Arévalo, Juan Fuentes Belmar, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Arturo Prado Puga
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
Ley N° 18.092: arts. 1, 102, 103, 107 - Descriptores
- Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo · Infracción de ley · Juicio ejecutivo · Recurso de casación en el fondo · Falta de alguno de los requisitos o condiciones para que el título tenga fuerza ejecutiva · Letra de cambio · Pagaré · Nulidad sustantiva · Remisión normativa · Lugar de expedición del pagaré
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 12121-2019, 25 de mayo de 2020, «Cooperativa Lautaro Rosas Ltda. con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 12121-2019
- Casación en el fondo Influencia sustancial en lo dispositivo del fallo 25 may 2020
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veinte.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto y teniendo únicamente presente:
Los razonamientos expresados en los motivos quinto a noveno del fallo de casación que antecede, se revoca, en lo apelado, la resolución de diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, y en su lugar se declara que el tribunal deberá continuar con la sustanciación normal del procedimiento por juez no inhabilitado, dictando la resolución pertinente al tenor del artículo 441 del Código de Procedimiento Civil.
Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Fuentes, en razón de lo reflexionado en el voto de minoría del fallo de casación.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción a cargo del Ministro señor Arturo Prado Puga.
Nº12.121-2019.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sra. Rosa María Maggi D. Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Arturo Prado P. y Abogados Integrantes Sres. Daniel Peñailillo A. y Antonio Barra R.
No firma el Abogado Integrante Sr. Peñailillo, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente.