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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 125410-202021 sep 2021
Fecha
21 de septiembre de 2021
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Acción declarativa
Carátula
nombre reservado con Comunidad Agricola de Punitaqui
Corte de origen
C.A. de La Serena, Rol 821-2020
Primera instancia
3º Juzgado de Letras de Ovalle, Rol 907-2017
Ministros
Andrea Muñoz Sánchez, Gonzalo Ruz Lártiga, Leonor Etcheberry Court, Mario Gómez Montoya, María Repetto García
Redacción
Mario Gómez Montoya
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 186
Decreto con fuerza de ley 5: art. 22
Descriptores
Acción declarativa · Comunidad agrícola · Goce singular originario · Asignación de goce singular originario · Goce ancestral e histórico
Cita
Corte Suprema, Rol N° 125410-2020, 21 de septiembre de 2021, «con Comunidad Agricola de Punitaqui»

Historia del caso

En el mismo rol 125410-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno.

Visto:

Los argumentos del fallo de casación que antecede.

Y teniendo, además, presente:

Que los razonamientos vertidos por el sentenciador de primer grado, que esta Corte comparte, son los adecuados para resolver la controversia planteada y lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia de dieciocho de mayo de dos mil veinte, que por su párrafo decisorio IV.- acogió, con costas, la demanda de asignación de goce singular originario, interpuesta con fecha 15 de septiembre de 2017 por doña nombre reservado, en contra de la COMUNIDAD AGRÍCOLA PUNITAQUI y en contra de doña nombre reservado, declarándose en consecuencia:

1.- Que se reconoce en favor de la demandante el goce singular originario que ancestral e históricamente ha ejercido en la tierra reseñada en lo principal de su presentación ( parcela 56 Lote B-95), de manera absoluta y exclusiva;

2.- La improcedencia de parte del Directorio de segregar un terreno que no es común, y la incompatibilidad de titular y poseer un goce por parte de la demandada doña nombre reservado sobre un terreno en el cual ya existe un goce establecido ancestralmente, conforme se ha razonado.

Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase.

Redacción del Ministro Suplente don Mario Gómez Montoya.

Civil N° 125.410-2020.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Andrea Muñoz S., María Angélica Cecilia Repetto G., ministro suplente señor Mario Gómez M., y los abogados integrantes señor Gonzalo Ruz L., y señora Leonor Etcheberry C. No firman la ministra señora Repetto y el ministro suplente señor Gómez, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado la primera y por haber terminado su periodo de suplencia el segundo. Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno.