Notificación de la demanda
- Fecha
- 1 de marzo de 2022
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con Inmobiliaria Marchant LIMITADA.
- Corte de origen
- C.A. de Valparaíso, Rol 3120-2019
- Primera instancia
- 3º Juzgado Civil de Viña del Mar, Rol 2855-2018
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Gonzalo Ruz Lártiga, Leonor Etcheberry Court, María Letelier Ramírez, Roberto Contreras Olivares
- Redacción
- Gonzalo Ruz Lártiga
- Descriptores
- Notificación de la demanda · Prescripción de la acción · Interrupción del plazo de prescripción · Contrato de construcción · Interrupción de la prescripción por la notificación de la demanda · Defectos en la construcción · Medida prejudicial probatoria · Deficiencias de los elementos constructivos o de las instalaciones de la vivienda
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 30527-2020, 1 de marzo de 2022, «con Inmobiliaria Marchant LIMITADA.»
Historia del caso
En el mismo rol 30527-2020
- Casación en el fondo Notificación de la demanda 1 mar 2022
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, uno de marzo de dos mil veintidós.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los párrafos 11°, 12° y 13° del considerando séptimo, de los razonamientos octavo y noveno, y del párrafo 1° del fundamento décimo.
Y se tiene, además, presente:
El tenor de los fundamentos cuarto a séptimo del fallo invalidatorio que antecede, así como el párrafo 1° del razonamiento octavo, los que para estos efectos se tienen por reproducidos.
Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de siete de septiembre de dos mil diecisiete, sólo en cuanto acogió la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada, y, en su lugar, se declara que queda rechazada.
Teniendo en consideración que el tribunal de primer grado no emitió decisión sobre el fondo de la controversia, vuelvan los autos a primera instancia con el objeto de que se pronuncie sobre los aspectos sustantivos del debate.
Regístrese y devuélvase.
Nº 30.527-2020.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Andrea Muñoz S., María Teresa de Jesús Letelier R., ministro suplente señor Roberto Contreras O., y los Abogados Integrantes señor Gonzalo Ruz L., y señora Leonor Etcheberry C. No firma el ministro suplente señor Contreras y el abogado integrante señor Ruz, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber terminado su periodo de suplencia el primero y por estar ausente el segundo. Santiago, uno de marzo de dos mil veintidós.