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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 80056-202119 abr 2022
Fecha
19 de abril de 2022
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Demanda reconvencional
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Temuco, Rol 584-2021
Primera instancia
Juzgado de Letras de Nueva Imperial, Rol 160-2020
Ministros
Andrea Muñoz Sánchez, Gonzalo Ruz Lártiga, Leonor Etcheberry Court, María Gajardo Harboe, Ricardo Blanco Herrera
Redacción
Andrea Muñoz Sánchez
Disidencia
ANDREA MARÍA MERCEDES MUÑOZ SÁNCHEZ,GONZALO ENRIQUE RUZ LÁRTIGA
Normas aplicadas
Ley N° 19.253: arts. 1, 2, 12, 56
Descriptores
Demanda reconvencional · Procedimiento especial · Legislación indígena · Acción reivindicatoria · Admisibilidad de la demanda reconvencional · Personas o bienes que tienen calidad de indígena · Dominio inmueble
Cita
Corte Suprema, Rol N° 80056-2021, 19 de abril de 2022, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 80056-2021

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintidós.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

VISTOS:

Se reproduce la sentencia apelada.

Y se tiene además presente:

Que el artículo 56 de la Ley N° 19.253 no prohíbe la formulación de una demanda reconvencional, las que, en la especie y atendido su contenido, tampoco resulta incompatible con el procedimiento especial contemplado en dicho cuerpo legal, máxime si se cumple con los presupuestos de competencia de la misma judicatura para conocer de ella como demanda, y tramitarse bajo el mismo procedimiento de la acción principal, contemplados en los artículos 314 y 315 del Código de Procedimiento Civil y por tratarse de acciones relacionadas con personas y bienes que tienen la calidad de indígena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 12 de la Ley N° 19.253.

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 152, 432, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de ocho de julio de dos mil veintiuno, dictada en autos Rol C-160-2020, seguidos ante el Juzgado de Letras de Nueva Imperial, caratulados “Guzmán con Mariman, que declaró admisibles las demandas reconvencionales deducidas, debiendo continuarse con su tramitación.

Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Muñoz y el Abogado Sr. Ruz quienes estuvieron por no dictar sentencia de reemplazo, atendida las argumentaciones señaladas en la sentencia de casación que antecede.

Regístrese y devuélvase.

N° 80.056-2021.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Andrea Muñoz S., María Cristina Gajardo H., y los abogados integrantes señor Gonzalo Ruz L., y señora Leonor Etcheberry C. Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintidós.