Fondo Solidario del Crédito Universitario
- Fecha
- 31 de agosto de 2022
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado (L.V.)
- Corte de origen
- C.A. de Temuco, Rol 473-2021
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Temuco, Rol 4261-2020
- Ministros
- Arturo Prado Puga, Diego Munita Luco, Guillermo Silva Gundelach, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
- Redacción
- María Repetto García
- Descriptores
- Fondo Solidario del Crédito Universitario · Crédito solidario universitario · Deuda de crédito fiscal universitario · Deudor de crédito universitario · Crédito universitario · Fondo Solidario de Credito Universitario · Verificación de créditos · Procedimiento concursal persona deudora · Exclusión de crédito · Procedimiento de liquidación voluntaria · Reorganización y liquidación de empresas y personas · Solicitud de exclusión de crédito estudiantil · Exclusión de créditos en el concurso
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 49416-2021, 31 de agosto de 2022, «(L.V.)»
Historia del caso
En el mismo rol 49416-2021
- Casación en el fondo Principio de especialidad 31 ago 2022
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los motivos cuarto a octavo, que se eliminan.
Y SE TIENE EN SU LUGAR PRESENTE:
Lo expuesto en los motivos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo del fallo de casación que precede, se revoca, la resolución de trece de abril de dos mil veintiuno que rechazó la petición de exclusión de crédito formulada por la Universidad Católica de Temuco del Fondo Solidario de la Universidad de Chile del procedimiento de liquidación voluntaria del deudor nombre reservado y, en su lugar, se decide que se acoge dicha solicitud.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Rol N° 49.416-2021.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Angélica Cecilia Repetto G., y el Abogado Integrante Sr. Diego Munita L. No firma el Ministro Sr. Silva G., no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar haciendo uso de su feriado legal. Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós.