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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 79406-202020 mar 2023

Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)

Fecha
20 de marzo de 2023
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)
Carátula
Servicio Nacional del Consumidor con Inmobiliaria Socovesa Santiago S.A. (D.C.)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 16078-2018
Primera instancia
28º Juzgado Civil de Santiago, Rol 1333-2014
Ministros
Arturo Prado Puga, Guillermo Silva Gundelach, Hector Humeres Noguer, María Repetto García, Pía Tavolari Goycoolea
Redacción
María Repetto García
Normas aplicadas
Ley N° 19.496: arts. 16, 26
Descriptores
Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) · Excepción de prescripción extintiva · Cláusulas abusivas · Nulidad de cláusula contractual · Acción interés colectivo o difuso · Acción colectiva ley del consumidor · Acción colectiva por vulneración al interés de los consumidores
Cita
Corte Suprema, Rol N° 79406-2020, 20 de marzo de 2023, «Servicio Nacional del Consumidor con Inmobiliaria Socovesa Santiago…»

Historia del caso

En el mismo rol 79406-2020

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veinte de marzo de dos mil veintitrés.

En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Visto:

Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del segundo párrafo del considerando décimo cuarto, décimo quinto y trigésimo octavo.

Y se tiene además y en su lugar presente:

Lo expuesto en los basamentos décimo tercero, décimo cuarto, décimo séptimo, décimo octavo, décimo noveno y vigésimo primero del fallo de casación, que se dan por reproducidos, y de conformidad a lo estatuido en los artículos 186 y siguientes, se revoca la sentencia dictada por el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago el dos de octubre de dos mil dieciocho, escrita a fojas 1163 y siguientes, en cuanto acoge la excepción de prescripción, y en su lugar se la rechaza. En lo demás, se confirma el referido fallo, con declaración de que se invalida por abusiva la cláusula octava del contrato de promesa de compraventa.

Regístrese y devuélvase con sus tomos y agregados.

Redacción a cargo de la ministra señora María Angélica Repetto G.

N° 79.406-20.-

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sra. María Angélica Repetto G., y Abogados Integrantes Sr. Héctor Humeres N. y Sra. Pía Tavolari G.

No firma el Ministro Sr. Silva, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones.