Ámbito de aplicación de la ley
- Fecha
- 6 de junio de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Leyes especiales y comercio
- Carátula
- Servicio Nacional del Consumidor con Inversiones Nueva Polar SpA
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 8401-2020
- Primera instancia
- 29º Juzgado Civil de Santiago, Rol 35740-2017
- Ministros
- Arturo Prado Puga, José Valdivia Olivares, Juan Fuentes Belmar, Mauricio Silva Cancino, Álvaro Vidal Olivares
- Redacción
- Álvaro Vidal Olivares
- Normas aplicadas
- Ley N° 19.496: art. 51
- Descriptores
- Ámbito de aplicación de la ley · Principio de irretroactividad de la ley · Aplicación de multa · indemnización daño moral · Acción indemnizatoria infracción ley del consumidor · Vigencia de la ley · Acción colectiva por vulneración al interés de los consumidores
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 5787-2023, 6 de junio de 2024, «Servicio Nacional del Consumidor con Inversiones Nueva Polar SpA»
Historia del caso
En el mismo rol 5787-2023
- Casación en el fondo Carga de la prueba 6 jun 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro.
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su considerando vigésimo cuarto.
Y se tiene además, en su lugar, presente:
1.- Lo expuesto en los basamentos décimo tercero a décimo quinto el fallo de casación que antecede, que se dan por reproducidos.
2.- Que no se hará lugar a la reparación solicitada en lo que dice relación con el daño moral por ser improcedente atendido lo dispuesto en el artículo 51 N° 2 de la Ley 19.496 vigente a la época en que se inició este procedimiento.
Y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código Civil, se revoca la sentencia dictada con fecha dieciocho de junio de dos mil veinte por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, solo en cuanto condena a las demandadas al pago conjunto de la suma de $50.000 por concepto de daño moral para cada consumidor afectado que presentó reclamo ante el Sernac, y se declara, en su lugar, que la demanda queda rechazada en lo que a dicho concepto corresponde.
En lo demás, se confirma el referido fallo.
Regístrese y devuélvase vía interconexión.
Redacción a cargo del abogado integrante Álvaro Vidal.
Rol N° 5.787-2023.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros señor Juan Eduardo Fuentes B., señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C. y los Abogados Integrantes señor José Miguel Valdivia O. y señor Álvaro Vidal O.
No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Prado P., por estar con feriado legal.