Fisco de Chile
- Fecha
- 9 de diciembre de 2024
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Fisco de Chile
- Carátula
- Tesorería General de la Republica de Chile con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 14239-2023
- Primera instancia
- 30º Juzgado Civil de Santiago, Rol 17664-2020
- Ministros
- Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui
- Redacción
- Mario Carroza Espinosa
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
- Descriptores
- Fisco de Chile · Acción ejecutiva · Tesorería General de la República (TGR) · Crédito con garantía estatal · Crédito con aval del estado (CAE) · Financiamiento de estudios de educación superior · Banco itaú · Imprescriptibilidad de la acción · Cobro de pagaré · Obligación de pago · Demanda ejecutiva de cobro de pagaré
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 251333-2023, 9 de diciembre de 2024, «Tesorería General de la Republica de Chile con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 251333-2023
- Casación en el fondo Fisco de Chile 9 dic 2024
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro.
Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Visto:
Se reproduce la sentencia de alzada, con excepción de los motivos cuarto al décimo, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Lo expuesto en los motivos tercero al séptimo del fallo de casación que precede, que se tienen por reproducidos.
Y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia definitiva de veintidós de mayo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-17664-2020 por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción del N° 17 del artículo 464 del código adjetivo y, en su lugar, se rechaza, ordenando seguir adelante con la ejecución.
Regístrese y devuélvase, vía interconexión.
Redacción del fallo a cargo del Ministro señor Carroza.
N° 251.333-2023.-
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M.