Constitución de servidumbre minera
- Fecha
- 6 de mayo de 2025
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi Scm con Fisco de Chile - Dirección de Vialidad- Mop, Xi Región
- Corte de origen
- C.A. de Iquique, Rol 340-2023
- Primera instancia
- 2º Juzgado de Letras de Iquique, Rol 3604-2022
- Ministros
- Gloria Chevesich Ruiz, Irene Rojas Miño, Jessica González Troncoso, Leonor Etcheberry Court, Mireya López Miranda
- Redacción
- Gloria Chevesich Ruiz
- Descriptores
- Constitución de servidumbre minera · Falta de motivación de la sentencia · Valoración del informe pericial · Servidumbre minera de ocupación · Valor indemnización servidumbre
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 251753-2023, 6 de mayo de 2025, «Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi Scm con Fisco de Chile -…»
Historia del caso
En el mismo rol 251753-2023
- Casación en el fondo Vicio formal 6 may 2025
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco.
Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículos 122 a 124 del Código de Minería, se confirma la sentencia apelada de doce de mayo de dos mil veintitrés, rectificada el uno de junio del mismo año, dictada por el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Iquique, en autos Rol C-3604-2022, caratulados “Compañía Minera Doña nombre reservado con Fisco de Chile”.
Regístrese y devuélvase.
Rol N°251.753-23
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por las ministras señoras Gloria Ana Chevesich R., Jessica González T., Mireya López M., y las abogadas integrantes señoras Leonor Etcheberry C., e Irene Rojas M. No firma la ministra señora López, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar en comisión de servicios. Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco.