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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 61106-202430 mar 2026
Fecha
30 de marzo de 2026
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Objeto ilícito
Carátula
Sociedad Comercializadora y Distribuidora de Alimentos Stromboli Ltda. con Inversiones Branko SpA Ex Santa Angela SpA
Corte de origen
C.A. de Concepción, Rol 3099-2022
Primera instancia
3º Juzgado Civil de Concepción, Rol 3660-2019
Ministros
Arturo Prado Puga, Carlos Urquieta Salazar, Mario Carroza Espinosa, María Repetto García, Raúl Fuentes Mechasqui
Redacción
Mario Carroza Espinosa
Disidencia
MARÍA ANGÉLICA CECILIA REPETTO GARCÍA
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 785
Descriptores
Objeto ilícito · Condición resolutoria · Efecto devolutivo del recurso de apelación · Cancelación de inscripción · Aporte en dominio · Constitución de sociedades · Acción de nulidad absoluta · Demanda de nulidad de contrato · Acciones y derechos sobre inmueble
Cita
Corte Suprema, Rol N° 61106-2024, 30 de marzo de 2026, «Sociedad Comercializadora y Distribuidora de Alimentos Stromboli…»

Historia del caso

En el mismo rol 61106-2024

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, treinta de marzo de dos mil veintiséis.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Vistos y teniendo además presente:

Lo razonado en los considerandos segundo, y del cuarto al décimo sexto de la sentencia de nulidad que antecede, los que se tienen por expresamente reproducidos.

Y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de veintinueve de septiembre de dos mil veintidós dictada en causa Rol C-3660-2019 del Tercer Juzgado Civil de Concepción.

Acordada con el voto en contra de la ministra Sra. Repetto, quien estuvo por revocar el fallo apelado y, en su lugar, rechazar la demanda, sobre la base de los argumentos expuestos en su disidencia de la sentencia de casación.

Regístrese y devuélvase, vía interconexión.

Redacción a cargo del ministro Sr. Carroza y el voto en contra, de su autora.

N° 61.106-2024

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E. y los Abogados integrantes señor Raúl Patricio Fuentes M. y señor Carlos Urquieta S.

No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firman la Ministra señora Repetto, por estar con permiso y el Ministro señor Carroza, por estar con feriado legal.