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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 18871-202522 abr 2026

Obligación de dar tramitación a la acción

Fecha
22 de abril de 2026
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Obligación de dar tramitación a la acción
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Concepción, Rol 765-2025
Primera instancia
Juzgado de Letras y Garantia de Yumbel, Rol 7-2025
Ministros
Manuel Valderrama Rebolledo, Mario Carroza Espinosa, María Melo Labra, María Repetto García, Mauricio Silva Cancino
Redacción
María Repetto García
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 785
Descriptores
Obligación de dar tramitación a la acción · Oposición a la solicitud de regularización de la posesión · Fijar audiencia dentro de plazo · Dar curso a la demanda · Acción de oposición dl2695
Cita
Corte Suprema, Rol N° 18871-2025, 22 de abril de 2026, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 18871-2025

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintidós de abril de dos mil veintiséis.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Visto y teniendo además presente:

Lo razonado en los basamentos quinto a noveno de la sentencia de casación sustantiva que antecede y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de doce de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel en la causa Rol C-7-2025 y en su lugar, se resuelve que el tribunal deberá fijar nuevo día y hora para la realización de la primera audiencia.

Regístrese y devuélvase vía interconexión.

Redacción a cargo de la Ministra Sra. Repetto.

Rol N° 18.871-2025

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Manuel A. Valderrama R., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E. y señora María Soledad Melo L.

No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma el Ministro señor Carroza, por haber cesado sus funciones.