Contrato de compraventa
- Fecha
- 6 de julio de 2026
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Obligaciones y contratos
- Carátula
- nombre reservado (sociedad Inmobiliaria San Pablo Spa) con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 6913-2024
- Primera instancia
- 27º Juzgado Civil de Santiago, Rol 7677-2021
- Ministros
- Eliana Quezada Muñoz, María Melo Labra, Mauricio Silva Cancino, Raúl Fuentes Mechasqui, Álvaro Vidal Olivares
- Redacción
- Raúl Fuentes Mechasqui
- Descriptores
- Contrato de compraventa · Acción de precario · Prueba en segunda instancia · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño · Requisitos del precario · Concepto de precario · Anterior propietario · Ausencia de justo título
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 21270-2025, 6 de julio de 2026, «(sociedad Inmobiliaria San Pablo Spa) con»
Historia del caso
En el mismo rol 21270-2025
- Casación en la forma y en el fondo Decisiones contradictorias 6 jul 2026
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, seis de julio de dos mil veintiséis.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y teniendo además, presente:
1° Lo razonado en los considerandos décimo a décimo noveno del fallo de casación que antecede.
2° Que, de acuerdo con todo lo ya expresado, concurren en la especie los requisitos previstos en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, para la procedencia de la acción, los que no se ven desvirtuados por la documental aportada en segunda instancia.
Por estas consideraciones y atendido además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de catorce de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en la causa rol C-7.677-21.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del abogado integrante señor Fuentes M.
N° 21.270-2025.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Mauricio Silva C., señora María Soledad Melo L., señora Eliana Quezada M. (S) y los Abogados integrantes señor Álvaro Vidal O. y señor Raúl Patricio Fuentes M.