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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo CivilArtículo 342

Código Civil, artículo 342

Texto del artículo

Art. 342. Están sujetos a curaduría general los menores adultos; los que por prodigalidad o demencia han sido puestos en entredicho de administrar sus bienes; y los sordos o sordomudos que no pueden darse a entender claramente.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

Fallos que aplican el artículo 342

1 fallo

  1. Rechaza el recursoRol 243835-2023C.A. de Valparaíso11 sep 2024

    Cuidado personal

    Se rechaza el recurso de casación en el fondo, pues no se indicó norma decisoria litis cuya infracción haya influido sustancialmente en lo resolutivo; además, la pretensión de entrega perdió oportunidad por el fallecimiento de la interdicta.

    • Casación en el fondo
    • nombre reservado con nombre reservado