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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 1110

Código de Comercio, artículo 1110

Texto del artículo

Art. 1110. Las impugnaciones a la legitimidad de la avería común de que tratan los artículos anteriores no suspenderán los trámites de la liquidación de la misma, sea por el liquidador previamente designado o el que las partes indiquen en el caso del artículo 1105.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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