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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 262

Código de Comercio, artículo 262

Texto del artículo

Art. 262. La precedente prohibición no comprende la ejecución de aquellos actos subalternos que según la costumbre del comercio se confían a los dependientes.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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