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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 322

Código de Comercio, artículo 322

Texto del artículo

Art. 322. El comisionista es responsable de los hechos del comisionista intermediario a quien hubiere encomendado la dirección de las mercaderías, a no ser que éste hubiere sido designado por el comitente.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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