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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 38

Código de Comercio, artículo 38

Texto del artículo

Art. 38. Los libros hacen fe contra el comerciante que los lleva, y no se le admitirá prueba que tienda a destruir lo que resultare de sus asientos.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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