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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 37

Código de Comercio, artículo 37

Texto del artículo

Art. 37. Si uno de los litigantes ofrece estar y pasar por lo que constare de los libros de su contendor, y éste se niega a exhibirlos sin motivo bastante en concepto de los juzgados de comercio, podrán los mismos juzgados deferir el juramento supletorio a la parte que ha exigido la exhibición.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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