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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

CódigoCódigo de ComercioArtículo 497

Código de Comercio, artículo 497

Texto del artículo

Art. 497. Es nula la comandita por acciones constituida en contravención a cualquiera de las prescripciones que contienen los artículos precedentes, sin perjuicio de su saneamiento en conformidad a la ley.

Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.

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