Código de Comercio, artículo 76
Texto del artículo
Art. 76. El carácter de intermediario no inhabilita al corredor para desempeñar las funciones de mandatario del vendedor y recibir como tal el precio de las mercaderías vendidas por su mediación.
Texto vigente según la Biblioteca del Congreso Nacional, leído el 6 de noviembre de 2026.