Título ejecutivo
- Fecha
- 17 de julio de 2014
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Tema
- Título ejecutivo
- Carátula
- Banco Santander Chile con Inversiones e Inmobiliaria G y L
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 917-2012
- Primera instancia
- 1º Juzgado Civil de Santiago, Rol 7569-2011
- Ministros
- Carlos Aránguiz Zúñiga, Gloria Chevesich Ruiz, Jorge Lagos Gatica, Patricio Valdés Aldunate, Raúl Lecaros Zegers
- Redacción
- Raúl Lecaros Zegers
- Normas aplicadas
- Código Orgánico de Tribunales: art. 401
- Descriptores
- Título ejecutivo · Falta de alguno de los requisitos o condiciones para que el título tenga fuerza ejecutiva · Pagaré · Notario · Acción de desposeimiento · Firma autorizada ante notario · Exigencias formales y de autenticidad
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 13148-2013, 17 de julio de 2014, «Banco Santander Chile con Inversiones e Inmobiliaria G y L»
Historia del caso
En el mismo rol 13148-2013
- Casación en el fondo Título ejecutivo 17 jul 2014
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
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Santiago, diecisiete de julio de dos mil catorce.
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto y octavo, que se eliminan. Asimismo, se dan por reproducidos los razonamientos desarrollados en el basamento sexto del fallo de nulidad que precede.
Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, demás normas citadas y en virtud de los fundamentos dados por reproducidos anteriormente, se revoca en lo apelado, la sentencia de veintiuno de diciembre de dos mil once, escrita a fojas 89 y en su lugar se declara que se rechaza la excepción del numeral 7° del artículo 464 del Código de Enjuiciamiento Civil opuesta en lo principal de fojas 68 por la parte ejecutada, debiendo proseguirse la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción del Abogado Integrante señor Lecaros.
N° 13.148-13
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sra. Gloria Ana Chevesich R., Sr. Carlos Aranguiz Z. y Abogados Integrantes Sres. Jorge Lagos G. y Raúl Lecaros Z.
No firman la Ministra Sra. Chevesich y el Abogado Integrante Sr. Lecaros, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios la primera y ausente el segundo.
Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a diecisiete de julio de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.