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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 11099-201430 sep 2014
Fecha
30 de septiembre de 2014
Recurso
Casación en la forma y en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Juicio ejecutivo
Carátula
Full Factorin S. P. A. con Telefonica Empresas Chile S. A.
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 7060-2013
Primera instancia
4º Juzgado Civil de Santiago, Rol 51-2013
Ministros
Gloria Chevesich Ruiz, Juan Fuentes Belmar, Nibaldo Segura Peña, Patricio Valdés Aldunate, Raúl Lecaros Zegers
Redacción
Patricio Valdés Aldunate
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 186, 785
Ley N° 19.983: arts. 3, 5
Descriptores
Juicio ejecutivo · Recurso de casación en el fondo · Pago · Factura · Notificación judicial · Revoca sentencia apelada
Cita
Corte Suprema, Rol N° 11099-2014, 30 de septiembre de 2014, «Full Factorin S. P. A. con Telefonica Empresas Chile S. A.»

Historia del caso

En el mismo rol 11099-2014

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, treinta de septiembre de dos mil catorce.

En cumplimiento a la decisión que antecede y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el siguiente fallo de reemplazo.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos tercero a séptimo, ambos inclusive, que se eliminan.

Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:

Lo expresado en los fundamentos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo del fallo de casación que precede, y lo estatuido en los artículos 3° y 5° letra d) de la Ley N° 19.983 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de veintidós de agosto de dos mil trece, que rola a fojas 67 y siguientes y, en su lugar, se declara que se rechaza la impugnación deducida por la demandada en lo principal de la presentación de fojas 34.

Regístrese y devuélvase, con sus agregados.

Redacción a cargo del Ministro señor Patricio Valdés A.

Nº 11.099-14.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Patricio Valdés A., Juan Fuentes B., Sra. Gloria Ana Chevesich R. y Abogado Integrante Sr. Raúl Lecaros Z

No firman la Ministra Sra. Chevesich y el Abogado Integrante Sr. Lecaros, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios la primera y ausente el segundo.

Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a treinta de septiembre de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.