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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 23931-201418 nov 2014

Casación en el fondo

El recurso se declaró inadmisible: la Corte no se pronunció sobre el fondo.

Fecha
18 de noviembre de 2014
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Inadmisible
Carátula
nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Copiapó, Rol 226-2014
Primera instancia
2º Juzgado de Letras de Copiapo, Rol 67572-2002
Redacción
Ministro no Identificado
Cita
Corte Suprema, Rol N° 23931-2014, 18 de noviembre de 2014

Texto íntegro

Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil catorce.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido a fojas 61.

Segundo: Que el recurso de casación en el fondo procede en contra de las resoluciones referidas en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza que no reviste la resolución en contra de la cual se recurre, en la medida que por ella se confirma aquella que no dio lugar a la solicitud de ampliación de posesión efectiva.

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido a fojas 61, en contra de la resolución de veintiocho de julio del año en curso, escrita a fojas 54.

Regístrese y devuélvase con sus agregados.

N°23931-14

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., señor Carlos Cerda F., y los Abogados Integrantes señores Ricardo Peralta V., y Raúl Lecaros Z. No firma el Abogado Integrante señor Peralta, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil catorce.

Autoriza la Ministra de Fe de la Excma. Corte Suprema.

En Santiago, a dieciocho de noviembre de dos mil catorce, notifiqué en Secretaria por el Estado Diario la resolución precedente.