Juicio ejecutivo
- Fecha
- 4 de diciembre de 2014
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Juicio ejecutivo
- Carátula
- Universidad de Chile con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9652-2013
- Primera instancia
- 19º Juzgado Civil de Santiago, Rol 5070-2012
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Raúl Lecaros Zegers, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Descriptores
- Juicio ejecutivo · Acción ejecutiva · Excepción de prescripción adquisitiva
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 24268-2014, 4 de diciembre de 2014, «Universidad de Chile con»
Historia del caso
En el mismo rol 24268-2014
- Casación en el fondo Juicio ejecutivo 4 dic 2014
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
1
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil catorce.
En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce el fallo en alzada de fojas 112 y siguientes, previa eliminación de su fundamento octavo.
Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS, PRESENTE:
Lo razonado en los basamentos segundo y cuarto a octavo de la sentencia de casación que antecede y lo previsto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, consideraciones por las cuales se confirma, en lo apelado, la sentencia de veintidós de mayo de dos mil trece, escrita a fojas 112 y siguientes, con declaración que se acoge la excepción de prescripción opuesta por las ejecutadas, únicamente en lo relativo a las cuotas del pagaré de marras cuyo vencimiento se produjo entre los días 25 de agosto de 2007 y 25 de abril de 2011, por así solicitarlo expresamente las deudoras, debiendo proseguirse la ejecución por las restantes cuotas del referido instrumento, hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo del Ministro señor Valdés Aldunate.
N° 24.268-14.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Raúl Lecaros Z.
No firman los Ministros Sres. Valdés y Silva, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal el primero y en comisión de servicios el segundo.
Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a cuatro de diciembre de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.