Indemnización de perjuicios
- Fecha
- 16 de diciembre de 2014
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con Banco del Estado de CHILE.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 974-2014
- Primera instancia
- 18º Juzgado Civil de Santiago, Rol 10275-2010
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Juan Fuentes Belmar, Nibaldo Segura Peña, Raúl Lecaros Zegers, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Nibaldo Segura Peña
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 152
- Descriptores
- Indemnización de perjuicios · Revocación · Agraviado en el recurso de casación en el fondo · Abandono del procedimiento · Impulso procesal
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 15250-2014, 16 de diciembre de 2014, «con Banco del Estado de CHILE.»
Historia del caso
En el mismo rol 15250-2014
- Casación en el fondo Acto interruptivo del abandono 16 dic 2014
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil catorce.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde de conformidad con la ley.
Visto y teniendo además, presente:
Lo expresado en los motivos segundo y cuarto a noveno del fallo de casación que antecede y lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de ocho de octubre de dos mil trece, escrita a fojas 67 de estas compulsas y, en su lugar, se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento promovido por la parte demandada a fojas 59.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Nibaldo Segura P.
Rol N° 15.250-14
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Raúl Lecaros Z.
Autorizado por la Ministra de fe de la Corte Suprema.
En Santiago, a dieciséis de diciembre de dos mi catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.