Indemnización de perjuicios
- Fecha
- 26 de enero de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con Banco Vizcaya ARGENTARIA.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 9137-2013
- Primera instancia
- 28º Juzgado Civil de Santiago, Rol 1505-2010
- Ministros
- Carlos Cerda Fernández, Emilio Pfeffer Urquiaga, Jorge Baraona González, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Descriptores
- Indemnización de perjuicios · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos · Recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva · Sentencia de reemplazo · Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (Banco BBVA)
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 15242-2014, 26 de enero de 2015, «con Banco Vizcaya ARGENTARIA.»
Historia del caso
En el mismo rol 15242-2014
- Casación en el fondo Indemnización de perjuicios 26 ene 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintiséis de enero de dos mil quince.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde de conformidad con la ley.
Visto y teniendo además, presente:
Lo expresado en los motivos segundo y cuarto a noveno del fallo de casación que antecede y lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de treinta de octubre de dos mil trece, escrita de fojas 283 a 284 de estas compulsas y, en su lugar, se declara que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento promovido por la parte demandada a fojas 259.
Con la prevención que el ministro Cerda estampó en la sentencia anulatoria.
Devuélvase.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Patricio Valdés A. y de la prevención, su autor.
Rol N° 15.242-14
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Juan Fuentes B., Carlos Ceda F. y Abogados Integrantes Sres. Jorge Baraona G. y Emilio Pfeffer U.
No firman el Ministro Sr. Fuentes y el Abogado Integrante Sr. Pfeffer, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal el primero y ausente el segundo.
Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintiséis de enero de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.