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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 8746-201419 mar 2015

Regularización de la pequeña propiedad raíz

Fecha
19 de marzo de 2015
Recurso
Casación en la forma y en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Regularización de la pequeña propiedad raíz
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Chillán, Rol 395-2013
Primera instancia
1º Juzgado Civil de Chillan, Rol 3285-2013
Ministros
Arturo Prado Puga, Carlos Cerda Fernández, Gloria Chevesich Ruiz, Jorge Lagos Gatica, Ricardo Blanco Herrera
Redacción
Ricardo Blanco Herrera
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: art. 768
Decreto Ley N° 2695: arts. 16, 26
Descriptores
Recurso de casación en la forma · Regularización de la pequeña propiedad raíz · Rechaza casación en la forma
Cita
Corte Suprema, Rol N° 8746-2014, 19 de marzo de 2015, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 8746-2014

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, diecinueve de marzo de dos mil quince.

En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar sentencia de reemplazo de conformidad con la ley.

VISTOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE:

Lo previsto en las disposiciones legales citadas y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil:

Se confirma la sentencia de alzada de veintiséis de agosto de dos mil trece, escrita a fojas 78 y siguientes.

Redacción a cargo del Ministro Sr. Ricardo Blanco Herrera.

Regístrese y devuélvase con sus agregados.

Rol Nro. 8.746-14.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Gloria Ana Chevesich R., señor Carlos Cerda F., y los Abogados Integrantes señores Jorge Lagos G., y Arturo Prado P. No firman los Abogados Integrantes señores Lagos y Prado, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ambos ausentes. Santiago, diecinueve de marzo de dos mil quince.

Autoriza la Ministra de Fe de la Excma. Corte Suprema.

En Santiago, a diecinueve de marzo de dos mil quince, notifiqué en Secretaria por el Estado Diario la resolución precedente.