Derecho a defensa
- Fecha
- 23 de marzo de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado (e)
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 3966-2014
- Primera instancia
- 12º Juzgado Civil de Santiago, Rol 21903-2012
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Juan Figueroa Valdés, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rafael Gómez Balmaceda
- Redacción
- Guillermo Silva Gundelach
- Descriptores
- Derecho a defensa · Requerimiento de pago · Ampliación del plazo · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 31727-2014, 23 de marzo de 2015, «con (e)»
Historia del caso
En el mismo rol 31727-2014
- Casación en el fondo Derecho a defensa 23 mar 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
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Santiago, veintitrés de marzo de dos mil quince.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se dicta la siguiente sentencia de reemplazo que corresponde de acuerdo con la ley.
Vistos y teniendo además presente:
Lo expresado en los motivos segundo a noveno del fallo de casación que antecede, razonamientos de los cuales se concluye que el ejecutado opuso las excepciones a la ejecución dentro del término legal que prevé el inciso 2° del artículo 459 del cuerpo legal adjetivo.
Y de acuerdo, además, con lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintinueve de abril de dos mil catorce, escrita a fojas 106 de estas compulsas, que no hace lugar a tramitar, por extemporáneas, las excepciones planteadas por el ejecutado en lo principal de fojas 60 y, en su lugar, se declara que la oposición ha sido deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse la tramitación de la causa como en derecho corresponde.
Acordada con el voto en contra del Ministro señor Valdés quien fue de la opinión de confirmar la resolución apelada, teniendo para ello en consideración lo expuesto en su disidencia, contenida en el fallo de casación.
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Silva y de la disidencia, su autor.
Rol N° 31.727-14
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Guillermo Silva G., Juan Fuentes B. y Abogados Integrantes Sres. Rafael Gómez B. y Juan Figueroa V.
No firman el Ministro Sr. Silva y el Abogado Integrante Sr. Figueroa, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios el primero y ausente el segundo.
Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintitrés de marzo de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.