Carga de la prueba
- Fecha
- 22 de abril de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- nombre reservado (carmen) con SOC. Sotomayor y Espindola Ltda.
- Corte de origen
- C.A. de Arica, Rol 35-2014
- Primera instancia
- 1º Juzgado de Letras de Arica, Rol 2803-2011
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Jorge Lagos Gatica, Juan Fuentes Belmar, Nibaldo Segura Peña, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Rosa Maggi Ducommun
- Descriptores
- Carga de la prueba · Establecimiento educacional · Indemnización de perjuicios · Responsabilidad extracontractual · Responsabilidad por el hecho ajeno · Responsabilidad Civil · Deber de vigilancia y cuidado · Agresión escolar · Lesiones menos graves
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 11418-2014, 22 de abril de 2015, «(carmen) con SOC. Sotomayor y Espindola Ltda.»
Historia del caso
En el mismo rol 11418-2014
- Casación en el fondo Carga de la prueba 22 abr 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintidós de abril de dos mil quince.
En cumplimiento de lo resuelto y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde, conforme a la ley.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia de primer grado con excepción de los motivos décimo quinto al décimo séptimo, que se eliminan. Además, se sustituye en el primer párrafo del considerando décimo octavo la frase “sentado lo anterior” por “en relación a la conducta de la demandada con posterioridad a la agresión”
Y se tiene en su lugar presente:
Lo expresado en los motivos quinto a décimo del fallo de casación que se tienen por reproducidos.
Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia de cinco de septiembre de dos mil trece, que se lee a fojas 325 y siguientes
Regístrese y devuélvase.
Redacción a cargo de la Ministra Sra. Rosa María Maggi D.
Rol N° 11.418-14.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D., Sr. Juan Fuentes B. y Abogado Integrante Sr. Jorge Lagos G.
No firman el Ministro Sr. Segura y el Abogado Integrante Sr. Lagos, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones el primero y estar ausente el segundo.
Autorizado por la Ministra de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintidós de abril de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.