Abandono del procedimiento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2015
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Banco del Estado de Chile con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 427-2015
- Primera instancia
- 22º Juzgado Civil de Santiago, Rol 8453-2005
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Jorge Lagos Gatica, Juan Figueroa Valdés, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate
- Redacción
- Juan Figueroa Valdés
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 153
- Descriptores
- Abandono del procedimiento · Gestiones útiles · Acogido recurso de casación en el fondo · Ley general de bancos
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 5604-2015, 4 de noviembre de 2015, «Banco del Estado de Chile con»
Historia del caso
En el mismo rol 5604-2015
- Casación en el fondo Abandono del procedimiento 4 nov 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
1
Santiago, cuatro de noviembre de dos mil quince.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:
Las consideraciones expuestas en los fundamentos tercero a noveno del fallo de casación que antecede, se revoca la resolución apelada de diecinueve de noviembre de dos mil catorce, escrita a fojas 132 y en su lugar se declara que se rechaza el incidente de abandono del procedimiento promovido en lo principal del escrito de fojas 124 de autos, sin costas.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción a cargo del Abogado Integrante don Juan Eduardo Figueroa Valdés.
Rol N° 5604-15
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sres. Patricio Valdés A., Guillermo Silva G., Juan Fuentes B. y Abogados Integrantes Sres. Jorge Lagos G. y Juan Figueroa V.
No firma el Ministro Sr. Valdés, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.
Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a cuatro de noviembre de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.