Ocupación ilegal
- Fecha
- 10 de diciembre de 2015
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Ocupación ilegal
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de San Miguel, Rol 815-2014
- Primera instancia
- 2º Juzgado Civil de San Miguel, Rol 41522-2013
- Ministros
- Alfredo Pfeiffer Richter, Andrea Muñoz Sánchez, Carlos Cerda Fernández, Carlos Pizarro Wilson, Leonor Etcheberry Court
- Redacción
- Carlos Cerda Fernández
- Descriptores
- Ocupación ilegal · Precario · Tenencia por ignorancia o mera tolerancia del dueño
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 30038-2014, 10 de diciembre de 2015, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 30038-2014
- Casación en la forma y en el fondo Ocupación ilegal 10 dic 2015
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, diez de diciembre de dos mil quince.
En razón de lo precedentemente resuelto y de conformidad con lo que prevé el artículo 785 del código de procedimiento civil, se dicta a continuación la anunciada sentencia de reemplazo.
VISTOS:
Se reproduce la parte expositiva y los considerandos primero a decimosegundo de la sentencia de veinte de mayo de dos mil catorce, escrita a fs. 83.
Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE:
1°.- Lo razonado en los motivos octavo y noveno de la sentencia de nulidad que antecede;
2°.- Que, por lo tanto, el demandado ocupa el predio objeto del litigio por la mera tolerancia del actor, lo que da mérito a la pretensión de su contradictor, como pasa a resolvérselo.
Se revoca el referido fallo, declarándose en su lugar que se acoge la demanda de precario interpuesta por nombre reservado en lo principal de fojas uno, debiendo el demandado nombre reservado restituir la propiedad de domicilio reservado, correspondiente a los sitios 480 y 485 de la Población Biaut, comuna de La Cisterna, al demandante nombre reservado, dentro de décimo día.
Acordada con el voto en contra de la ministra señora Muñoz y del ministro Cerda, sobre la base de lo que expusieron en su disidencia del fallo de invalidación.
Regístrese y devuélvase, con su agregado.
Redacción del ministro Cerda.
N° 30.038-2.014.-
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señora Andrea Muñoz S., señor Carlos Cerda F., el Ministro Suplente señor Alfredo Pfeiffer R., y los Abogados Integrantes señor Carlos Pizarro W., y señora Leonor Etcheberry C. No firma el Abogado Integrante señor Pizarro, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, diez de diciembre de dos mil quince.
Autoriza el Ministro de Fe de la Excma. Corte Suprema.
En Santiago, a diez de diciembre de dos mil quince, notifiqué en Secretaria por el Estado Diario la resolución precedente.