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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 28411-201513 jun 2016
Fecha
13 de junio de 2016
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Cheque
Carátula
Sociedad Plaspak Maquinarias con Flor de Fruta LTDA.(E)
Corte de origen
C.A. de Talca, Rol 2446-2014
Primera instancia
4º Juzgado de Letras de Talca, Rol 1038-2013
Ministros
Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Patricio Valdés Aldunate, Pedro Pierry Arrau, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Guillermo Silva Gundelach
Descriptores
Cheque · Mérito ejecutivo · Acción de cobro de cheques · Título de crédito · Título abstracto
Cita
Corte Suprema, Rol N° 28411-2015, 13 de junio de 2016, «Sociedad Plaspak Maquinarias con Flor de Fruta LTDA.(E)»

Historia del caso

En el mismo rol 28411-2015

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, trece de junio de dos mil dieciséis.

En cumplimiento de lo resuelto precedentemente y atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia de reemplazo que corresponde conforme a la ley.

VISTOS:

Teniendo presente lo razonado en los motivos segundo a cuarto del fallo de casación que antecede y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de catorce de noviembre de dos mil catorce, que se lee a fojas 147 y siguientes, complementada a fojas 194 con fecha veintiuno de julio de dos mil quince.

Regístrese y devuélvase, con su agregado.

Redacción a cargo del Ministro Sr. Guillermo Silva G.

Rol N° 28.411-2015

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sr. Héctor Carreño S., Sr. Pedro Pierry A., Sr. Guillermo Silva G. y Sra. Rosa Maggi D.

No firma el Ministro Sr. Pierry, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones.

Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a trece de junio de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.