Abandono del procedimiento
- Fecha
- 27 de octubre de 2016
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Materia
- Procedimiento civil
- Carátula
- Ays Tecnologias Computacionales Ltda. con Loteria Concepcion S.A.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 981-2016
- Primera instancia
- 27º Juzgado Civil de Santiago, Rol 12926-2013
- Ministros
- Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Patricio Valdés Aldunate, Rosa Maggi Ducommun
- Redacción
- Patricio Valdés Aldunate
- Normas aplicadas
- Código de Procedimiento Civil: art. 785
- Descriptores
- Recurso de casación en el fondo · Abandono del procedimiento
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 38324-2016, 27 de octubre de 2016, «Ays Tecnologias Computacionales Ltda. con Loteria Concepcion S.A.»
Historia del caso
En el mismo rol 38324-2016
- Casación en el fondo Excepción dilatoria 27 oct 2016
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, veintisiete de octubre de dos mil dieciséis.
En cumplimiento de lo resuelto en el fallo de casación que antecede y
lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la sentencia que corresponde de conformidad con la ley.
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE:
Lo expresado en los razonamientos cuarto a décimo del fallo de casación que antecede y teniendo especialmente en consideración que atendido el estado en que se encontraba la tramitación del proceso -pendiente de resolver la excepción dilatoria formulada por el demandado- el impulso procesal se encontraba radicado en el juez, no queda sino descartar la viabilidad de la incidencia del abandono del procedimiento promovida por el demandado.
Y de acuerdo además con lo previsto en los artículos 89, 91, 152, 307 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se revoca la resolución apelada de trece de noviembre de dos mil quince, escrita a fojas 59 y siguientes y se rechaza el incidente de abandono de procedimiento formulado por el demandado en lo principal de la presentación de fojas 47 de este expediente reconstituido.
Regístrese y devuélvase con su agregado.
Redacción a cargo del ministro señor Patricio Valdés A.
Rol 38.324-2016.
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Patricio Valdés A., Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa Maggi D. y Sr. Juan Fuentes B.
No firman los Ministros Sres. Valdés y Fuentes, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos en comisión de servicio.
Autorizado por el Ministro de fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.