Acción prescrita
- Fecha
- 11 de abril de 2017
- Resultado
- Acoge el recurso
- Tema
- Acción prescrita
- Carátula
- Corpbanca con Sociedad R y R SPA.
- Corte de origen
- C.A. de Santiago, Rol 1235-2016
- Primera instancia
- 22º Juzgado Civil de Santiago, Rol 8355-2013
- Ministros
- Gloria Chevesich Ruiz, Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Juan Fuentes Belmar, Ricardo Blanco Herrera
- Redacción
- Gloria Chevesich Ruiz
- Descriptores
- Acción prescrita · Acción hipotecaria · Interrupción del plazo de prescripción · Acción de desposeimiento · Cobro de pagaré · Sentencia de reemplazo
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 68730-2016, 11 de abril de 2017, «Corpbanca con Sociedad R y R SPA.»
Historia del caso
En el mismo rol 68730-2016
- Casación en la forma y en el fondo Acción prescrita 11 abr 2017
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, once de abril de dos mil diecisiete.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
De la sentencia de primera instancia se reproduce la parte expositiva y los motivos primero a décimo, décimo tercero y décimo quinto. Asimismo, se transcriben los fundamentos décimo primero, con la salvedad de la frase que se inicia con las palabras “…produciéndose en ese…” hasta su término; décimo segundo (sic), con excepción de su primer acápite; y décimo sexto, previa eliminación de su último párrafo. Se reproduce, igualmente, las motivaciones 7° y 8° de la sentencia de casación.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de veintinueve de diciembre de dos mil quince, escrita a fojas 153 y siguientes, y, en su lugar, se declara que se acoge la excepción de prescripción de la acción intentada por nombre reservado y se rechaza la demanda ordinaria de desposeimiento de la finca hipotecada que dedujo en contra de R y R SpA, representada por don nombre reservado, sin costas, por haber tenido motivo plausible para litigar.
Regístrese y devuélvanse.
Redactada por la ministra Gloria Ana Chevesich Ruiz.
Rol N° 68.730-2016.-