Falta de legitimación activa
- Fecha
- 30 de noviembre de 2017
- Recurso
- Casación en el fondo
- Resultado
- Acoge el recurso
- Carátula
- nombre reservado con nombre reservado
- Corte de origen
- C.A. de Puerto Montt, Rol 1500-2015
- Primera instancia
- Juzgado de Letras y Garantia de Calbuco, Rol 88-2015
- Ministros
- Andrea Muñoz Sánchez, Carlos Cerda Fernández, Juan Figueroa Valdés, Ricardo Blanco Herrera, Rodrigo Correa González
- Redacción
- Ricardo Blanco Herrera
- Descriptores
- Falta de legitimación activa · Comunidad hereditaria · Regularización de la pequeña propiedad raíz · Acciones de dominio decreto ley 2695 · Acción reivindicatoria
- Cita
- Corte Suprema, Rol N° 76242-2016, 30 de noviembre de 2017, «con»
Historia del caso
En el mismo rol 76242-2016
- Casación en el fondo Principio de especialidad 30 nov 2017
Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.
Texto íntegro
Santiago, treinta de noviembre de dos mil diecisiete.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y se tiene, además, presente:
El tenor de los fundamentos sexto a duodécimo del fallo invalidatorio que antecede, los que para estos efectos se tienen por expresamente reproducidos.
Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de veintiocho de agosto de dos mil quince, escrita a fojas 260 y siguientes.
Redacción a cargo del Ministro señor Ricardo Blanco Herrera.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados.
Nº 76.242-2016.
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señora Andrea Muñoz S., señor Carlos Cerda F., y los Abogados Integrantes señores Rodrigo Correa G., y Juan Figueroa V. No firman los Abogados Integrantes señores Correa y Figueroa, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ambos ausentes. Santiago, treinta de noviembre de dos mil diecisiete.