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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Cuarta SalaRol 4672-201712 dic 2017
Fecha
12 de diciembre de 2017
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Leyes especiales y comercio
Tema
Función social de la propiedad
Carátula
nombre reservado con Fisco de Chile
Corte de origen
C.A. de Antofagasta, Rol 644-2016
Primera instancia
4º Juzgado de Letras en Lo Civil de Antofagasta, Rol 6693-2015
Ministros
Andrea Muñoz Sánchez, Gloria Chevesich Ruiz, Leonor Etcheberry Court, Ricardo Blanco Herrera, Rodrigo Correa González
Redacción
Rodrigo Correa González
Normas aplicadas
Codigo de mineria: art. 120
Constitucion politica de la republica de chile: arts. 1, 19
Descriptores
Función social de la propiedad · Zona de extensión urbana · Sustancias concesibles · Características de la servidumbre minera · Constitución de servidumbre minera · Plan Regulador Intercomunal del Borde Costero Norte · Permisos Ambientales Sectoriales · Límites al ejercicio del derecho de propiedad · Servidumbre minera de ocupación y tránsito · Requisitos constitución servidumbre minera
Cita
Corte Suprema, Rol N° 4672-2017, 12 de diciembre de 2017, «con Fisco de Chile»

Historia del caso

En el mismo rol 4672-2017

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, doce de diciembre de dos mil diecisiete.

Dando cumplimiento a lo que dispone el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

Vistos y teniendo además presente:

Lo expuesto en los razonamientos cuarto a octavo del fallo de casación que antecede, se confirma la sentencia apelada de cinco de julio de dos mil dieciséis, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta, que se encuentra escrita a fojas 59 y siguientes.

Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Blanco, quien estuvo por revocarla, sobre la base de sus argumentaciones en la discrepancia del fallo de casación.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 4672-2017.-

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Ricardo Blanco H., señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., y los Abogados Integrantes señora Leonor Etcheberry C., y señor Rodrigo Correa G.

No firma el Abogado Integrante señor Correa, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por estar ausente. Santiago, doce de diciembre de dos mil diecisiete.