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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 36781-20179 ene 2018
Fecha
9 de enero de 2018
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Materia
Procedimiento civil
Tema
Juicio ejecutivo
Carátula
Banco Santander Chile con Sociedad Kohr S.A. (e)
Corte de origen
C.A. de Santiago, Rol 943-2017
Primera instancia
26º Juzgado Civil de Santiago, Rol 18555-2016
Ministros
Guillermo Silva Gundelach, Héctor Carreño Seaman, Jorge Lagos Gatica, Juan Figueroa Valdés, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Guillermo Silva Gundelach
Normas aplicadas
Código de Procedimiento Civil: arts. 186, 459, 785
Descriptores
Juicio ejecutivo · Acción ejecutiva · Plazo para oponer excepciones · Cobro de pagaré · Excepciones
Cita
Corte Suprema, Rol N° 36781-2017, 9 de enero de 2018, «Banco Santander Chile con Sociedad Kohr S.A. (e)»

Historia del caso

En el mismo rol 36781-2017

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, nueve de enero de dos mil dieciocho.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:

Lo expresado en los motivos segundo al undécimo del fallo de casación que antecede y de conformidad, asimismo, con lo dispuesto en los artículos 186 y 459 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis, escrita a fojas 228 de estas compulsas, en cuanto declara extemporáneas las excepciones opuestas por los ejecutados en los escritos de fojas 73 y 84 y se declara que la oposición ha sido deducida dentro de plazo, debiendo proseguirse con la tramitación de la causa como en derecho corresponda, tras la notificación del cúmplase de la presente resolución.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro señor Guillermo Silva G.

N° 36.781-2017.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sr. Guillermo Silva G., Sra. Rosa María Maggi D. y Abogados Integrantes Sr. Jorge Lagos G. y Sr. Juan Eduardo Figueroa V.

No firma la Ministra Sra. Maggi no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.