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Jurisprudencia civil de la Corte Suprema

Corte Suprema · Primera SalaRol 31652-201722 ene 2018
Fecha
22 de enero de 2018
Recurso
Casación en el fondo
Resultado
Acoge el recurso
Tema
Indemnización de perjuicios
Carátula
nombre reservado con nombre reservado
Corte de origen
C.A. de Concepción, Rol 297-2017
Primera instancia
Juzgado de Letras y Garantia de Santa Juana, Rol 38-2015
Ministros
Daniel Peñailillo Arévalo, Gloria Chevesich Ruiz, Héctor Carreño Seaman, José Gómez Balmaceda, Rosa Maggi Ducommun
Redacción
Héctor Carreño Seaman
Descriptores
Indemnización de perjuicios · Acción de indemnización de perjuicios · Abandono del procedimiento · Gestión útil para dar curso progresivo a los autos · Sentencia de reemplazo
Cita
Corte Suprema, Rol N° 31652-2017, 22 de enero de 2018, «con»

Historia del caso

En el mismo rol 31652-2017

Reconstruida con los roles que publica el Poder Judicial.

Texto íntegro

Santiago, veintidós de enero de dos mil dieciocho.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE:

Las consideraciones expuestas en los fundamentos cuarto a séptimo del fallo de casación que antecede, se confirma la resolución de veinte de enero del año dos mil diecisiete, escrita a fojas 76 y siguientes.

Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Carreño y del Abogado Integrante Sr. Gómez, quienes por los fundamentos expuestos en la disidencia respecto del recurso de casación estuvieron por revocar la sentencia apelada y acoger el incidente de abandono del procedimiento deducido.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro señor Héctor Carreño S.

N° 31.652-2017.-.

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sra. Rosa María Maggi D., Sra. Gloria Ana Chevesich R. y los Abogados Integrantes Sres. Daniel Peñailillo A. y Rafael Gómez B.

No firman los Abogados Integrantes Sres. Peñailillo y Sr. Gómez, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.